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¿Conoces el retiro parcial por desempleo de las AFORES?

¿Conoces el retiro parcial por desempleo de las AFORES?

¿Sabías que puedes hacer un retiro parcial de tu cuenta de AFORE por motivos de desempleo? Este trámite lo puedes realizar cada 5 años, el monto que te prestarán será en función de tu último salario y los requisitos varían si cotizas al IMSS o al ISSSTE.

IMSS

Modalidades

  • 30 días de tu último Salario Base de Cotización, con un límite de 10 veces el salario mínimo mensual vigente en la Ciudad de México.
  • Lo que resulte menor entre 90 días de Salario Base de Cotización del trabajador en las últimas 250 semanas o las que tengas, y el 11.5% de los recursos acumulados en la subcuenta de Retiro, Cesantía en edad avanzada y Vejez.

Requisitos

  • Tener como mínimo 46 días desempleado.
  • Contar con una cuenta en una AFORE.
  • Expediente de Identificación del Trabajador actualizado, generado por la AFORE.
  • En el caso de la modalidad A, tener una cuenta individual con una antigüedad de 3 años y doce bimestres cotizados en dicha cuenta.
  • Para la modalidad B, necesitas un cuenta individual con 5 años o más de haber sido abierta.

ISSSTE

Requisitos

  • Solicitud de Expediente de Identificación del Trabajador, proporcionada por PENSIONISSSTE.
  • Solicitud de Servicio, otorgada por PENSIONISSSTE.
  • Certificado de desempleo.
  • Identificación oficial vigente.
  • Comprobante de domicilio no mayor a 3 meses.
  • Estado de cuenta bancario con CLABE.
  • Comprobante que identifique la titularidad de la cuenta en PENSIONISSSTE.

Si cotizas en PENSIONISSSTE, encontrarás más información en http://tinyurl.com/gr8tp9l. En caso de que cotices ante el IMSS, consulta http://tinyurl.com/jrj4luf. No olvides que estos trámites pueden cambiar en cualquier momento según la legislación existente, por ello, es importante que acudas a la unidad de atención que te corresponda a solicitar mayor información.

Fuente: CONDUSEF, CONSAR, IMSS, ISSSTE