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Cómo calcular tu retiro en el IMSS

El principal instrumento de seguridad social encargada de la organización y administración de los beneficios sociales es el organismo denominado Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

La protección social se extiende no sólo a la salud sino también a los medios de subsistencia. Por ejemplo, cuando una enfermedad impide que el trabajador continúe ejerciendo su actividad productiva, ya sea de forma temporal o permanente. Por esta razón, es necesario conocer los mecanismos y opciones adicionales de la seguridad social para estar en condiciones de aprovechar plenamente todos los beneficios a los que tenemos derecho como trabajadores.

Retiro
Es el seguro mediante el cual el trabajador cotiza y ahorra para la vejez. Los riesgos que cubre son el retiro, la cesantía en edad avanzada, así como la muerte de los pensionados. Con la contratación de este seguro el trabajador tiene derecho a una pensión, asistencia médica y beneficios a familiares directos.

El proceso de retiro es aquel en donde el trabajador o sus beneficiarios se presentan ante la institución de crédito para ejercer su derecho a disponer de los recursos de la cuenta individual de acuerdo a lo establecido en la Ley del Seguro Social.

Las pensiones de retiro constituyen uno de los beneficios más importantes que la seguridad social ofrece para dar apoyo económico a la población en edades avanzadas.

En nuestro país, es muy común encontrar personas que, por diferentes situaciones, dan por terminada su relación laboral. En este caso, es necesario conocer las alternativas para alcanzar la mejor pensión del Seguro Social a la fecha de jubilación, aun cuando no establezcan de nuevo una relación laboral formal. El primer paso será acudir a la Delegación que le corresponde para solicitar el número de semanas cotizadas, ya que ese dato es fundamental para calcular el monto posible de pensión.

Por ejemplo, un asegurado se va a pensionar a los sesenta años y tiene mil setecientos treinta y cuatro semanas cotizadas, y su salario promedio es de ciento veintiún pesos. Con estas variables, le correspondería una pensión aproximada de dos mil setecientos setenta y tres pesos con cuarenta y nueve centavos mensuales.

Sin embargo, existe la posibilidad de cotizar dos años más dentro del régimen obligatorio de continuación voluntaria. De este modo, el monto final de la pensión se incrementa exponencialmente.

Para tener derecho a cotizar en la continuación voluntaria del régimen obligatorio debe hacerse dentro de los cinco años siguientes a su última baja y tener, cuando menos, cincuenta y dos semanas cotizadas antes de solicitar el trámite.

Lo anterior, nos indica que existen muchas posibilidades para mejorar el monto de nuestra pensión, y se vuelve importante cuando de prevenir nuestro retiro se trata.

¿Cuál es la edad de retiro?
La edad de retiro depende del plan básico de derecho.
Hay tres programas en la Ley del Seguro Social:

  • El programa de retiro por edad avanzada. Establece el retiro a los sesenta y cinco años.
  • El programa de seguro de retiro voluntario. Permite el retiro a los sesenta años.
  • Programa de seguro de retiro. Antes de los sesenta y sesenta y cinco años, cuando se haya pagado lo suficiente para tener derecho a una pensión.

El Seguro Social pensiona al trabajador de acuerdo a dos parámetros: por antigüedad y respecto al promedio de su salario en los últimos cinco años. Si son quinientas semanas trabajadas, se tomará en cuenta el salario que recibió en la segunda mitad de ese tiempo.

Antes de su retiro total, el trabajador también tiene derecho a realizar disposiciones parciales que pueden ser de dos tipos: por matrimonio o por desempleo, sin importar la edad.

  • En el caso de la disposición parcial por matrimonio, es necesario que el trabajador haya cotizado en forma acumulable tres años al Seguro Social y haberse casado en el mismo año de la solicitud para poder disponer de este fondo. El monto que se puede retirar es de treinta días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal.

  • En el retiro por desempleo, el trabajador debe cotizar durante cinco años de antiguedad al Seguro Social y puede disponer del diez por ciento de lo que exista en la cuenta de retiro y cesantía en edad avanzada y vejez.

Para calcular correctamente los montos de las cuotas y retiro, recomendamos consultar a un contador profesional, ya que el cálculo es complicado especialmente en la rama de riesgos de trabajo.

Si deseamos introducirnos al tema, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), ofrece en su página electrónica información respecto a los recursos que pudiera acumular el trabajador en su cuenta individual, a través de la calculadora del SAR. Esta información también es útil para efectos comparativos de rendimientos entre distintas Afores. Esto contribuye a que un trabajador se forme una idea adecuada de la suficiencia de su ahorro potencial, pueda tomar las decisiones a tiempo, y así lograr los objetivos planteados para esa etapa.

Finalmente, es importante que ante la posibilidad de llevar a cabo reformas a los sistemas de pensiones, con el objetivo de lo que se ha denominado Sistema Nacional de Pensiones, se tome en cuenta que son momentos de evolución de un tema sumamente importante para planear una de las etapas de nuestra vida. Por eso, es aconsejable mantenernos al tanto de las modificaciones y adiciones que pueda sufrir la ley y actuar en consecuencia a tiempo.

Referencias:
www.consar.gob.mx
www.profeco.gob.mx
www.conapo.gob.mx