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El pago de impuesto predial

El impuesto predial es un tributo con el cual se grava una propiedad o posesión inmobiliaria. Es una contribución que hacen los ciudadanos que son dueños de un inmueble, ya sea vivienda, despacho, oficina, edificio o local comercial.

Este impuesto existe en muchos países del mundo y se sustenta en la idea de que todos aquellos que son propietarios de un bien inmueble, deben aportar una cuota anual al Estado en forma de tributo.

¿Cómo y cada cuánto se paga?
En nuestro país, el impuesto predial se paga y se calcula de manera anual, durante los primeros dos meses del año.

También existe la posibilidad de pagarlo de manera bimestral, a excepción de los contribuyentes que aportan la cuota mínima, es decir: los jubilados, pensionados o mayores de sesenta años.

Por lo general, existe un descuento para quienes realizan su pago durante enero. El porcentaje que se descuenta varía de acuerdo con la entidad federativa y cambia cada año. Las reducciones con frecuencia oscilan entre el cinco y el quince por ciento del total a pagar.

¿Cuánto se paga y cómo se realiza el cálculo?
El impuesto predial se calcula tomando como base el valor catastral del inmueble.
El valor catastral de un inmueble se determina calculando los valores unitarios del suelo y la construcción y multiplicando éstos por la superficie de la edificación.

Cálculo del valor del suelo
Para calcular el valor del suelo, el primer criterio que se utiliza es la ubicación del inmueble. De acuerdo con su ubicación, existen tres tipos de valor de suelo:

  • Área de valor. Esto implica un cálculo con base en un grupo de manzanas (grupo de casas ubicadas en el mismo lote o área) que tienen características parecidas en cuanto a infraestructura y equipamiento urbano (servicios), tipo de inmuebles (casas unifamiliares, condominios, locales comerciales, fábricas, etcétera) y dinámica inmobiliaria.
  • Enclave de valor. El cálculo por enclave se hace cuando una porción de manzanas o lotes habitacionales son notoriamente diferentes en valor y características, con respecto a los demás en un área específica.
  • Corredor de valor. Es el cálculo que se hace cuando el inmueble se encuentra en una avenida o vialidad importante o muy transitada. Este cálculo se hace en función de que las grandes vialidades aumentan el valor comercial de una propiedad al incrementar la actividad económica de la zona. Este cálculo se aplica aun cuando el inmueble no tenga su acceso principal sobre la vialidad en cuestión.

Cálculo del valor de la construcción
Después de realizar el cálculo del valor del suelo, se computa el avalúo de la construcción.
Para esto, se toman en cuenta factores como:

  • Tipo de inmueble (habitacional o comercial)
  • Número de pisos (tanto de la construcción general, como del propio inmueble). Por ejemplo, puede tratarse de un departamento de dos niveles, que se encuentra dentro de un edificio de diez pisos)
  • Superficie del terreno
  • Superficie de la construcción
  • Antigüedad de la construcción

Rango
Por último, para realizar el cálculo, se toman en cuenta los rangos de valores. Esto quiere decir que existen tablas que marcan el monto del impuesto predial de acuerdo con el rango de valor catastral en que se encuentra una vivienda.

El rango se presenta tomando en cuenta el límite inferior y el límite superior de precio. Esto quiere decir que, si el rango uno fuera, por ejemplo, de viviendas entre un peso y cien mil pesos y yo tengo una vivienda con valor catastral de cincuenta mil pesos y mi vecino tiene una con valor de treinta mil pesos, ambos seremos acreedores a la misma cuota única.

Observaciones finales sobre el cálculo
Así pues, los resultados del cálculo no sólo dependen del número de metros cuadrados del inmueble, sino también de la zona y tipo de construcción, condiciones topográficas, equipamiento y servicios urbanos con que cuenten.

Lo anterior quiere decir que el monto que deberemos pagar por concepto del impuesto predial será diferente para cada persona y no deberán hacerse comparaciones que contemplen uno o dos factores aislados.

La Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, así como las de algunos otros estados, ofrece a los usuarios un instrumento para realizar el cálculo del impuesto predial, en caso de no haber recibido la orden de pago, haberla perdido, o no estar de acuerdo con el monto marcado en dicho documento.

¿Dónde se puede pagar?
El impuesto predial, al igual que la mayoría de las contribuciones de este tipo, puede pagarse en cualquier sucursal bancaria (inclusive si no tenemos cuenta en dicho institución), en tiendas de autoservicio y departamentales autorizadas o vía Internet, en el portal electrónico de nuestro banco.

Por último, es importante destacar que es conveniente realizar el pago del predial con prontitud para poder beneficiarnos con los descuentos y evitar multas por incumplimiento.

Referencias bibliográficas:
www.shcp.gob.mx/
www.sat.gob.mx
www.finanzas.df.gob.mx